Somos tus representantes ante la administración pública. Para cualquier cosa. Hacienda, tráfico, ayuntamiento o gobierno… donde sea. Nosotros realizamos cualquier tipo de trámite de la forma más eficaz y rápida que cualquier otra forma de representación.
¿Necesitas hacer un cambio de nombre a un vehículo? Lo tienes. ¿Nacionalidad? Lo hacemos. Podemos hacer casi cualquier cosa por ti.
Los gestores administrativos estamos habilitados por la Constitución Española y nuestra profesión está reconocida desde 1933. Aquí puedes consultar todos los códigos que tenemos que seguir (y seguimos).
Estamos sujetos a un código deontológico y a los estatutos de nuestro colegio profesional, que nos regula y supervisa: no damos pasos en falso. Así se garantiza que el servicio y la preparación de los profesionales sean los mejores para el cliente.
Esto nos convierte en la forma más preparada y segura de gestión administrativa. Otras formas de asesoramiento y gestión no están reguladas y la experiencia no es muy buena aunque el precio el mismo.
Si estás leyendo esto, seguramente necesitas algo de ayuda o asesoramiento. Nosotros te aseguramos eficacia, rapidez y diligencia. Sabemos lo que estamos haciendo. El tiempo que pierdes es más valioso que lo que te vamos a cobrar.
¿Lo más importante? Cuando acabamos, lo que los clientes más nos suelen decir, es que merece la pena confiar en nosotros. ¡Y nos alegramos de oírlo!
No. Rotundo. Si comparas servicios similares con los precios de otros sitios, verás que somos muy competitivos y de hecho, te animamos a comparar precios por internet para que puedas comprobarlo.
Tenemos distintos convenios con diversas empresas que nos permiten ofrecerte condiciones insuperables además de servicios exclusivos propios. No te preocupes, en la mayoría de los casos, nuestros clientes nos pagan nuestros honorarios a gusto, porque están contentos con nuestro trabajo.
Servicios
Estamos especializados en tráfico. Si es algo relacionado con ruedas, seguramente ya lo hemos hecho antes: los servicios más populares son matriculaciones de vehículos, transferencias, bajas por exportación, entregas a compraventas, notificaciones de venta de vehículos…
No se limita a eso. Tenemos de todo lo que te imagines. Desde cambios de nombre de casas, herencias, asesoramiento integral a empresas… de todo. Tardaríamos más en explicarte todo lo que tenemos que ofrecerte, de lo que tardarías en mandarnos un WhatsApp preguntándonos. Así que, ¡pregúntanos!
Oficialmente, abrimos de lunes a viernes, de 9:30 a 19:00. Con un pequeño descanso para comer a medio día. En general, estamos siempre pegados al móvil, y nuestros clientes siempre destacan la rapidez de respuesta en nuestro correo: info@aegest.com
Hombre, un 31 de Diciembre a las 12 puede ser que no te respondamos, pero una vez que tus mensajes entran en el sistema, los leemos, y los respondemos. En general, estamos abiertos.
Sí, por supuesto. Tenemos correduría de seguros* y convenios con las mejores aseguradoras para ofrecerte unos precios y unas condiciones inmejorables.
Cuantas más cosas tienes con nosotros, mejores servicios y condiciones ofrecemos. Casi siempre solemos mejorar el precio con respecto al anterior.
Tenemos servicio de mediación y cálculo de intereses que te será útil para saber exactamente cuánto vas a pagar por tu préstamo, que es el principal problema de un préstamo. Con nosotros, siempre sabrás cuánto vas a pagar.
Sí, por supuesto. Tenemos colaboraciones con los mejores abogados especializados, cada uno en su campo, y en áreas de tu interés: temas laborales, familiares, contractuales y mucho más. Llámanos e infórmate.
Profesionales
Si hay una cosa en la que tenemos experiencia es en compraventa de vehículos. El padre del director de Aegest, ha estado regentando una compraventa durante 30 años. Tenemos un producto exclusivo para compraventas de vehículos de ocasión que incluye: asesoramiento integral, facturación y gestión de flota, transferencias de tus vehículos y condiciones ventajosas para tus seguros. Es decir, te lo damos todo.
Te ofrecemos servicio de asesoría integral: te llevamos la contabilidad, las nominas, la fiscalidad y la gestión de tu negocio. Tenemos un equipo extraordinario de asesores y economistas que se preocupan por tu negocio tanto como tú con planes personalizados y a medida para tu empresa.
Si tienes este servicio contratado con nosotros, te puedes beneficiar de descuentos y condiciones ventajosas en todos nuestros otros servicios. Contactanos y concretamos una cita.
Te ofrecemos el mejor seguro de Ciberseguridad de España. Punto. Certificado por las mejores agencias y utilizado por empresas líderes en su sector como es el BBVA, por poner un ejemplo. No hay ninguna solución mejor que esta. Tiene una instalación muy sencilla, pero, si lo necesitas, te lo dejamos todo puesto nosotros.
Además, a un precio super reducido y muy competitivo con respecto a otras opciones en el mercado. Pídenos más información.
Si, por supuesto. En nuestro equipo se encuentran varios abogados expertos, cada uno en su materia, que te podrán tanto ofrecer asesoramiento, como llevarte todos tus temas legales si así lo deseas.
Podemos enviarte a un especialista para que haga una auditoría de tu empresa para ver si estas cumpliendo correctamente con la normativa vigente. No dudes en pedir información.
Si, se puede. Lo que pasa es que el comprador del vehículo no podrá circular con él hasta que pase la ITV. Es decir, el vehículo no puede circular sin ITV. La multa es de 200 euros. Si te han dicho que sí la tenía que tener para poder transferirlo, es porque esto era así hasta el 2013, año en el que se cambió la ley.
Si eres el comprador, serás tú, el que deberá abonar las tasas de la inspección técnica. Unos 60 euros aproximadamente.
Necesitamos los siguientes documentos:
- Contrato de compraventa cumplimentado y firmado por ambas partes.
- Identificación del comprador (DNI o NIE en vigor).
- En caso de que sea un ciudadano extranjero sin Tarjeta de residencia necesitaríamos:
- Certificado de empadronamiento o contrato de alquiler de vivienda habitual.
- Certificado de obtención de NIE de la policía que lo expidió.
- Pasaporte en vigor.
- En caso de que sea un ciudadano extranjero sin Tarjeta de residencia necesitaríamos:
Suele tardar unas 2 ó 3 semanas. La duración exacta depende del tiempo que tarde la jefatura provincial de tráfico de la comunidad en tramitar el expediente. Una vez que lo tenemos, te lo enviamos por correo certificado y tarda un par de días. Te mantendremos informado durante todo el proceso.
Nosotros comprobamos si el coche es tramitable de forma gratuita. Si no se puede transferir, te avisamos y te asesoramos de forma gratuita sobre los pasos a seguir. Aun así, es recomendable que solicites un informe DGT del vehículo antes de hacer el cambio de nombre para evitar problemas como te explicamos aquí.
Con nosotros lo tienes por solo 20 €.
Sí, igual que sucede con la ITV. El problema de no tener seguro no está en el cambio de nombre. Eso sí, el coche no puede ni circular ni estar en la calle si no tiene seguro.
Las multas que se aplican al propietario del vehículo sin seguro y van desde los 600 hasta los 3.000 euros
No, no se puede. Una reserva de dominio significa que el coche tiene un dueño diferente al que lo conduce. Suelen ser vehículos que vienen de un renting o una financiación y no se ha terminado de pagar.
Piensa en un banco: cuando sacas una hipoteca, la casa no es completamente tuya hasta que no terminas de pagar ¿no? Pues una reserva de dominio es lo mismo: hasta que no se quite, no se puede transferir.
Si, se puede. A diferencia de la reserva de dominio, si el coche está embargado, se puede cambiar de nombre. Pero ojo: el nuevo propietario se hace cargo de la carga pendiente.
Es un tema algo complejo y conviene que consultes con un especialista para estar completamente seguros.
No, no se puede. No se puede transferir ningún coche que esté en situación de baja temporal. Si esta baja fue voluntaria, el actual propietario deberá solicitar el alta del coche.
Después el ayuntamiento, le pasara la parte proporcional del sello (impuesto de circulación) al propietario. Una vez hecho esto, se puede transferir. Nosotros hacemos todo esto ¡en un pis pas!
Sí, si se puede. Pero hay varias cosas a tener en cuenta.
En primer lugar, habrá que hacer obligatoriamente, un cambio de titular a uno de los herederos. La ley marca así el procedimiento y no se puede hacer directamente, un cambio de nombre del titular fallecido a un tercero que no sea heredero. Después, se hace el cambio de nombre al tercero en cuestión, mediante contrato de compraventa. Es decir, hay que hacer dos transferencias con los gastos asociados que conllevan.
Antes de comprar un vehículo, habla con nosotros y te asesoraremos para evitar cualquier problema.
Matriculaciones
Los precios de las matrículas varían drásticamente: depende del valor que le asigna el Ministerio de Hacienda, la antigüedad del vehículo, su cilindrada, su potencia y su nivel de contaminación. A eso tienes que sumarle las tasas de tráfico, por valor de 99,70 y tendrás que pagar ITP, que depende de la comunidad en la que se matricula el vehículo.
Todas estas cosas, hacen muy difícil decir exactamente cuánto vale una matrícula. El rango de precios va desde los 300 euros hasta los 2.000.
En este caso existen varias opciones. Los límites son los siguientes:
- Si el titular reside en España: 30 días.
- Si el titular no reside en España: 6 meses.
Por ejemplo, si vives en España y has comprado un vehículo en Alemania para importarlo, tienes 30 días para matricular el coche en España. Si por otro lado, eres un ciudadano Alemán y has venido de vacaciones con tu vehículo, puedes circular con él durante 6 meses. A partir de ese momento también tendría que iniciar la matriculación española.
Si después de esos 6 meses, no se hubiera iniciado el procedimiento, la policía podría formular denuncia y se pueden llevar el coche al deposito.
Existen más casos como el caso de los estudiantes con vehículo extranjero que necesitan de un análisis mas personalizado.
Necesitamos los siguientes documentos:
- Documentación original extranjera del vehículo.
- Principalmente, el permiso de circulación extranjera del vehículo. Entre países varía y cada país puede necesitar documentación diferente.
- Contrato de compraventa cumplimentado y firmado por ambas partes.
- Identificación del comprador (DNI o NIE en vigor).
- En caso de que sea un ciudadano extranjero necesitaríamos además:
- Certificado de empadronamiento o contrato de alquiler de vivienda habitual.
- Certificado de obtención de NIE de la policía que lo expidió.
- En caso de que sea un ciudadano extranjero necesitaríamos además:
- Tarjeta de ITV española previa matriculación: básicamente tendrás que ir con tu coche a una estación ITV y decir que quieres matricular tu vehículo para que pasen la inspección correspondiente.
Suele tardar unos 7 días. La duración exacta depende del tiempo que tarde la dirección general de tráfico de cada comunidad en tramitar el expediente. Una vez que lo tenemos, te llamamos para que puedas llevarte tu documentación o te lo enviamos a casa por correo de forma gratuita. Si nos lo pides, te incluimos las placas de matrícula. ¡Para que te vayas con todo hecho!
No, no se puede. Todos los vehículos, para ser matriculados en España, tienen que pasar una ITV específica. Básicamente, es una inspección técnica normal pero que es obligatoria para iniciar el trámite de matriculación. Necesitamos saber que el vehículo está en condiciones. Deberás llevar a la estación ITV, el contrato de compraventa y la ficha técnica extranjera del vehículo, es decir, la de su país de origen.
Si, tienes que dar tu coche de baja, que en este caso, es definitiva. Con esto, comunicas a tráfico que el coche no va a seguir circulando en España. Nosotros nos encargaremos de todo el proceso. Además, te daremos un justificante en el acto. Así te quedas tranquilo.
No, por matricularlo no. Seguramente tienes que pagar por la adquisición del vehículo. Las compraventas de vehículos entre particulares pagan el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), lo que se conocía coloquialmente como ‘los derechos reales’. Además por matricular un coche se liquida el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) pagando en relación al tipo de vehículo, cilindrada y contaminación.
Una vez se liquidan estos impuestos, no hay que incluir la ganancia patrimonial que se genere en la declaración de la renta. Nosotros te gestionamos el pago de todos los impuestos necesarios de forma gratuita.
Lo más importante a tener en cuenta, está relacionado con la documentación extranjera del vehículo. Si faltara la documentación original del vehículo, podría ser que no se pudiera matricular. Antes de comprar cualquier vehículo (especialmente, coches) hay que comprobar bien toda la documentación.
- Revisar que sea original y que corresponda con el vehículo que vas a comprar.
- Además, dependiendo del país de procedencia, puede necesitarse una documentación determinada o está compuesta por varios documentos. Por ejemplo, un vehículo procedente de Francia, tiene 1 permiso de circulación mientras que los procedentes de Alemania, se componen de dos documentos. Si falta uno, no se puede matricular. No se necesita la misma documentación, independientemente del país. Cada país, tiene unas características.
Contáctanos antes de hacer nada y te asesoraremos.
Notificaciones de venta
Para eliminar toda tu responsabilidad cuando vendes un vehículo. Al realizar la venta de un vehículo del que eres titular, hasta que no haces el cambio de nombre completo, la responsabilidad sobre cualquier cosa relacionada con el vehículo, sigue siendo tuya, el titular del vehículo.
Incluyendo multas, radares, embargos, precintos, accidentes de tráfico y cualquier cosa que le pase al vehículo. Es frecuente que, una vez que te pagan y se firma el contrato, se entregue el vehículo al comprador. Pero eso no te exime de responsabilidad sobre el vehículo, la notificación si te exime.
10 días desde la firma del contrato de compraventa. Este trámite no sustituye que el comprador tenga que hacer el cambio de nombre. Es un trámite que brinda seguridad y protección al vendedor frente a cualquier responsabilidad que pueda surgir incluyendo multas, embargos ó accidentes en los que el vehículo se encuentre implicado.
Una notificación de venta es la mejor herramienta cuando quieres vender tu coche. Te lo explicamos aquí.
No, no es obligatorio. Pero si es muy recomendable. Como te decimos en la pregunta anterior, se evitan muchos problemas como vendedor del vehículo. Es algo así como cubrirte las espaldas. Al realizar la venta de un vehículo es importante entregarlo cuando se haya cumplimentado el contrato de compraventa y tengamos en nuestra mano el original, junto a una fotocopia del DNI del comprador. Pero eso no te exime de responsabilidad. La notificación si te exime de toda responsabilidad.
Tiene un precio de 39,99 €. El trámite es inmediato y te enviaremos un documento original acreditativo a tu móvil o email.
Bajas de vehículos
Si, si es baja temporal si se puede. Cuando se de el vehículo de alta, el vehículo podrá volver a circular. Antes habrá que hacer unas cosas:
- Pasar de nuevo la ITV en caso de que no esté al día. Dirigiendote a una estación ITV para realizar una revisión y obtener el informe favorable.
- Pagar el impuesto de circulación del año en curso en tu Ayuntamiento.
- Volver a dar de alta el seguro obligatorio.
Sí, si se puede. Pero con la baja definitiva es más difícil. Cuando un vehículo se da de baja definitiva, ya sea por exportación, por vehículo histórico o por residuo, se entiende que, el vehículo, ha llegado al final de su vida útil. Hay que justificar las razones de su ‘vuelta a la vida’. En algunos casos es posible recuperar la matricula anterior y poder volver a circular con el vehículo.
Es un trámite complejo y requiere de estudio individualizado en cada caso. Ponte en contacto con nosotros aquí.
Las principales son el ahorro del seguro y el impuesto de circulación del vehículo. Al no ser apto para la circulación, no es necesario pagar los recibos necesarios para que el vehículo sea apto para la circulación. Sin embargo, tampoco podrá estar aparcado en la calle. Ten cuidado.
Si y no. Explicamos. La baja temporal es eso ‘temporal‘ y tienen una duración máxima de 1 año. Pero este año se puede prorrogar por otro año, y otro año… y así indefinidamente. Es decir, las prorrogas de baja temporal no tienen limite. Puedes dar de baja tu vehículo todas las veces que quieras pero el tiempo máximo es de 1 año cada vez.
Sí, si que puedes. Cuando quieras volver a disponer de tu vehículo, lo puedes dar de alta y volver a circular con el. No olvides que tendrás que volver a pasar la ITV si estuviera caducada, pagar el impuesto de circulación y volver a contratar el seguro obligatorio de vehículos en circulación.
No, no se puede. El vehículo que esté de baja, no podrá estar en la vía pública y tendrá que estar guardado ó aparcado en un recinto privado. Puede ser un garaje, un parking o algún otro sitio que no sea vía pública.
En general, no. Pero depende del motivo de la baja. Las solicitudes de bajas definitivas se tramitan en los Centros Autorizados de Tratamiento (p.ej. Desguaces), excepto en tres supuestos:
- Bajas definitivas por traslado a otro país; cuando cambias de país y te llevas el vehículo, vendes tu vehículo con destino el extranjero, o en general, todas aquellas ocasiones donde el vehículo no va a circular más en España pero sí en otro país.
- Bajas definitivas de los vehículos de época o históricos con valor de colección o destinados a museos. Vehículos que no circulan y que son, básicamente, artículos de exposición.
- Bajas definitivas de vehículos que materialmente no existan (p.ej. documentación con incidencias o que no finalizó en su día el procedimiento de baja).
Nacionalidad
La media está entre 6-12 meses. Al ser una Gestoría Administrativa, tenemos una plataforma propia exclusiva para gestionar las solicitudes de nacionalidad española. Con nosotros, todo va a ir mucho más rápido que de cualquier otra forma de solicitud.
Además, te garantizamos, desde el principio, que todos los documentos y certificaciones que necesitas están correctos. Si te falta algún documento, no te preocupes, te asesoraremos para que todo salga bien ¡y a la primera!
Los documentos varían dependiendo de cada caso. En general necesitas lo siguiente:
- Permiso de residencia en vigor (tarjeta de identificación de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión).
- Pasaporte completo del país de origen en vigor.
- Certificado de nacimiento, debidamente legalizado o apostillado, y en su caso si es necesario traducido a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen, debidamente legalizado o apostillado, y en su caso si es necesario traducido a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Es muy importante que este documento esté en vigor en el momento de la solicitud de la nacionalidad española.
- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta.
- Exámenes aprobados: diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
No, no se puede. Salvo en casos excepcionales, desde los últimos cambios legislativos, es obligatorio hacer dos exámenes: la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) que es, básicamente, un examen de cultura general y el diploma de Español (DELE) que es un examen de la lengua española. Deben estar aprobados para poder solicitar con éxito la nacionalidad española.
Pide cita previa y estudiaremos tu caso en concreto para saber si tienes que hacer el examen o no.
Por norma general, es necesario hacer dos exámenes:
- La prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) que es, básicamente, un examen de cultura general. Pincha aquí para ver la estructura de este examen.
- El diploma de Español (DELE) que es un examen de la lengua española. Este examen tiene varias partes, entre otras, parte de redacción y parte de escucha. Aquí tienes la estructura de un examen normal.
Se preguntan cosas básicas y que deberías saber. Normalmente, si sabes hablar y escribir, es fácil aprobar los exámenes. No les tengas miedo. Te ayudaremos en todo lo posible.
Existen ciertas excepciones donde no tienes que hacer los exámenes obligatorios para obtener la nacionalidad española.
- No es necesario que hagas la prueba de lengua española (DELE).
- Si provienes de uno de los siguientes países donde se habla español: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
- Si tienes un diploma oficial de Español de, al menos, nivel A2.
- Si eres menor de edad o incapacitado.
- No es necesario que hagas la prueba de cultura española (CCSE).
- Si tienes un título de Graduado en ESO, Grado medio o superior o un título universitario en España.
- Si eres menor de edad o incapacitado.
- Personas con trastornos o dificultades de aprendizaje superior al 65 %
Sí, si necesitas que estén traducidos. O al menos apostillados. Sobre todo si vienen de países como Marruecos donde los documentos vienen en árabe, un idioma completamente distinto. Además, esta traducción no puede hacerla cualquiera: debe hacerla un traductor jurado debidamente registrado. No te preocupes, nuestro asesoramiento recoge todas estas instancias.
No, no se puede. Normalmente, para pedir la nacionalidad española, además de los requisitos corrientes, se pide una ‘buena conducta’. Es decir, tienes que haber sido un buen ciudadano.
Existen casos en los que se puede solicitar la nacionalidad con antecedentes penales. Ven a vernos y estudiaremos tu caso.
Puede tardar más de 1 año. Normalmente, suele tardar como decimos en la primera pregunta entre 6-12 meses. Pero, ¿porqué? En países en los que existen conflictos graves o problemas institucionales, el Estado español pide más informes para verificar la situación de una persona antes de concederle la nacionalidad.
Debido a estos conflictos, algunos órganos tienen dificultades en emitir estos certificados necesarios para obtener la nacionalidad. Lo que hace que se alargue el proceso. El trámite no tarda más en resolverse, sino que la fase de preparación del expediente se alarga.
No, no tienes que pagar otra vez. Un candidato cuya calificación es de NO APTO o NO PRESENTADO en un primer intento, tiene derecho a realizar una segunda inscripción en la prueba sin que tenga que pagar de nuevo el precio de inscripción. Es decir, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Instituto Cervantes, tienes dos oportunidades para poder realizar los exámenes.
Si suspendes una segunda vez, sí tendrás que abonar de nuevo las tasas correspondientes.
- Para la prueba de cultura general CCSE.
- La prueba CCSE contiene 25 preguntas de una sola respuesta correcta, por lo que se califica de forma automática.
- Las respuestas correctas reciben 1 punto; las incorrectas, 0 puntos y no se penalizan.
- La puntuación máxima que se puede obtener en la prueba CCSE es igual al número de ítems que contiene.
- Para superar la prueba es necesario responder correctamente a 15 de las 25 preguntas, lo que significa que el candidato, para resultar apto en la prueba, debe responder correctamente al 60 % de las mismas, el mismo criterio del Sistema de Evaluación y Certificación de los Diplomas de español DELE.
- Los candidatos reciben una calificación final de APTO o NO APTO. El Instituto Cervantes no informa de la puntuación obtenida por el candidato.
- Para la prueba de gramática y comprensión DELE.
- Cada prueba se divide en preguntas ó redacciones donde se califican de la misma forma. Se corrige cada pregunta en su conjunto y se valora así:
- 3 puntos. Perfecta.
- 2 puntos. Aprobada.
- 1 punto. Suspensa.
- 0 puntos. Deficiente.
- La puntuación máxima de la prueba es de 100 puntos que se encuentran divididos en dos grupos de 50 puntos cada una. Hay que obtener un mínimo de 30 puntos en cada uno de los grupos. Se reparten de la siguiente manera:
- Grupo 1:
- Comprensión de lectura (25 puntos).
- Expresión e interacción escritas (25 puntos).
- Grupo 2:
- Comprensión auditiva (25 puntos).
- Expresión e interacción orales (25 puntos).
- Grupo 1:
- Cada prueba se divide en preguntas ó redacciones donde se califican de la misma forma. Se corrige cada pregunta en su conjunto y se valora así:
Mecánica
Los coches están hechos para durar. No significa que vayan a durar toda la vida, pero aguantan mucho más de lo que parece en principio. Un coche diésel con 200.000 km está en la mitad de su vida útil. Aquí tienes un articulo completo al respecto.
Para conocer el estado de un coche hay que fijarse en:
- Mantenimiento del vehículo (¿lleva las revisiones al día? ¿se ha estado ‘cuidando’ del coche?).
- Marca y modelo (algunos son más propensos a romperse que otros).
- A quién se lo compras (generalmente, comprar un coche a una compraventa es más seguro que a un particular).
Los kilómetros son un factor a tener en cuenta pero, un coche con 300.000 kilómetros en buen estado, puede aguantar más que uno con 50.000 mal mantenido.
Lo más importante es conocer la razón principal de esa luz encendida. Los coches de ahora tienen muchos componentes electrónicos y sobre todo los coches que van desde el año 2000 hasta 2012, tienen muchos fallos asociados a estos componentes electrónicos. No es la mecánica necesariamente lo que falla, sino el componente en sí.
Por ejemplo: seguro que has visto en alguna ocasión que hay vehículos que muestran en el cuadro que la rueda tiene un pinchazo cuando ya se ha reparado la rueda. Es el sensor lo que se ha roto, no la parte mecánica.
Aun así, cuando compras algún coche, es bueno hacer mil preguntas y siempre recurrir a un especialista para que le haga una revisión.
En general, los coches gasolina duran menos que un coche diésel. Un motor gasolina suele rondar los 250.000 kilómetros de vida útil mientras que un motor diésel puede llegar a los 500.000 perfectamente.
Ahora bien, todo depende del coche y de su mantenimiento, del tipo de conducción, y de la carga a la que ha estado sometida el motor: no es lo mismo un taxi que un coche particular.
Nuestra recomendación es que si estás interesado en un gasolina con más de 150.000 kilómetros, te compres un diésel o un coche algo más moderno.